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Todos alguna vez nos hemos hecho preguntas sobre el proceso funerario, pero no siempre hay a nuestra disposición una información clara que nos permita entender y normalizar la muerte como un evento que es parte indisoluble de la vida. A continuación enumeramos algunas de las preguntas más frecuentes que nos realizan nuestros clientes.

Si te surge cualquier duda que no está aclarada en esta lista, no dejes de contactar con nosotros, estaremos encantados de poder atenderte. 

¿A quién tengo que llamar para comunicar un fallecimiento?

Si es asegurado de una Póliza de Decesos, debe dirigirse directamente al servicio de Asistencia 24 h que tiene habilitado para dichos casos la compañía a la que pertenece la persona fallecida. Si por el contrario no tiene compañía de seguros, puede dirigirse a cualquier empresa de Servicios Funerarios. En cualquier caso, contacte con Funerarias del Suroeste y despreocúpese de todo.

¿Es posible elegir tanatorio?

Las compañías aseguradoras tiene conciertos con la mayoría ce las empresas que gestionan y ofrecen los servicios Tanatorio / Velatorio. Aún así consulte con nuestro Servicio de Asistencia Personalizado, el cual le orientará en cada momento de cuales son sus derechos y deberes.

Incineración

Es importante poner en conocimiento de la empresa a la que se le encarga la realización del servicio fúnebre, desde un principio, el deseo de realizar la incineración, ya que para poder cumplir la legislación vigente habrá que utilizar féretros especiales para tal situación.

¿Cuanto tiempo ha de pasar para poder realizar una inhumación o incineración?

Según el artículo 39 del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, no se podrá realizar la inhumación de un cadáver antes de las 24 horas del fallecimiento ni después de las 48 horas posteriores al mismo, salvo cuando haya la intervención de la autoridad judicial u otros casos excepcionales.
Cuando se haya practicado una autopsia o se hayan obtenido órganos para trasplantes, y en los casos que el estado del cadáver lo requiera, siempre confirmado por personal médico, se podrá autorizar el traslado e inhumación o cremación del cadáver antes de haber transcurrido las 24 horas, siempre que hayan transcurrido 18 horas desde la defunción.

Traslados de restos

La exhumación y posterior traslado de restos para su posterior reinhumación o cremación dentro del territorio nacional, debe realizarse por una empresa funeraria legalmente autorizada, depositando los restos en una caja especial para tal fin.
La empresa funeraria será la encargada de solicitar cualquier permiso o de gestionar cualquier tipo de documentación necesaria para la posterior inhumación o cremación del cadáver.

¿Qué ocurre y cuánto dura el proceso de incineración?

El proceso de incineración se realiza utilizando el mismo féretro en que fue velado el difunto. Previamente se tiene especial cuidado en retirar los elementos incompatibles con la incineración. Una vez introducido, el intenso calor del proceso hace que la madera del féretro prácticamente se desintegre en los primeros momentos.
El procedimiento varía según el centro en el que se realice la incineración. En algunos casos las cenizas podrán ser entregadas unas cuatro horas después. En cualquier caso será el personal del centro quien le informará más concretamente de los plazos y detalles del proceso.

¿Para qué sirve la Partida de Defunción o Certificado Literal?

El documento principal que acredita el fallecimiento de una persona es la partida de defunción o certificado literal. Este documento es necesario para poder obtener pensiones y subsidios, el certificado de últimas voluntades, las indemnizaciones a que se tenga derecho, para que los herederos puedan liquidar su herencia. Generalmente los familiares reciben una copia de este documento como parte del servicio funerario.

¿Qué es el certificado de últimas voluntades?

Es el documento que acredita si una persona fallecida había otorgado testamento y ante qué notario lo otorgó. Lo expide el Registro General de Actos de Última Voluntad, para que sirva a los interesados en distintos asuntos: pensiones, derechos sucesorios, indemnizaciones, etc.

¿Hay que dar de baja al difunto en el padrón?

Legalmente no existe ninguna obligación, aunque es conveniente hacerlo, en cuyo caso el ayuntamiento puede requerir la partida de defunción.

Si se está asegurado, ¿se pueden solicitar prestaciones adicionales a la funeraria?

La atención y servicios personalizados de Funerarias del Suroeste te permiten evaluar mejoras sobre las prestaciones que incluye el seguro de decesos o el servicio contratado. Estas mejoras se presupuestan aparte y se entregan como mejoras adicionales.
 Velatorio La Soledad                Almudena Seguros

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